"Proyectan expropiar tierras del INTA"

H.Cámara de Diputados de la Nación

PROYECTO DE LEY

 

Nº de Expediente
3787-D-2016
Trámite Parlamentario
075 (16/06/2016)
Sumario
TRANSFERIR A TITULO GRATUITO UN INMUEBLE PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL - "INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA INTA" -. A LA MUNICIPALIDAD DE MARCOS JUAREZ, DEPARTAMENTO DE MARCOS JUAREZ, PROVINCIA DE CORDOBA.
Firmantes
MASSOT, NICOLAS MARIA.
Giro a Comisiones
LEGISLACION GENERAL; PRESUPUESTO Y HACIENDA.

El Senado y Cámara de Diputados,...

ARTÍCULO 1°: Desaféctanse de su jurisdicción de origen y transfiérase a título gratuito a favor de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, el dominio de los siguientes inmuebles:

a) Lote A3, con superficie de ciento trece hectáreas, doscientos noventa y ocho metros cuadrados (113 has 298 m2);

b) Lote B3, con superficie de treinta y tres hectáreas, cuatro mil novecientos treinta y un metros cuadrados (33 has 4931 m2)

c) Lote A2, con superficie seis hectáreas, quinientos dieciocho metros cuadrados (6 has 518 m2)

Todos ellos pertenecientes al Estado Nacional, inscriptos en el Dominio N° 26646, Folio N°33322, Tomo N° 134, Año 1962 del Registro General de la Provincia de Córdoba.

ARTICULO 2°: Las transferencias que se disponen en el artículo precedente, se efectúan con el objeto que la beneficiaria destine los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1, a proyectos que tengan por finalidad atender problemáticas sociales y/o cualquier otro proyecto destinado a satisfacer el bien común de los residentes en el Municipio de Marcos Juárez.

ARTICULO 3°.- Para el caso que la beneficiaria no destinase los inmuebles descriptos en los incisos a); b) y c) del artículo 1 conforme lo descripto en el objeto de la presente ley, se procederá la retrocesión de dominio de la transferencia de pleno derecho.

ARTICULO 4°.- La municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, queda obligada a la realización de los trámites relativos al plano de mensura y subdivisión de los lotes A3, B3 y A2, a los fines de materializar lo estipulado en el artículo 1 de la presente.

ARTICULO 5°.- La totalidad de los gastos que demande la realización del plano de mensura y subdivisión de la presente transferencia, serán de exclusivo cargo de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba.

ARTÍCULO 6°: El Poder Ejecutivo Nacional, dentro de los noventa días (90) de sancionada la presente ley, procederá a realizar los trámites necesarios para el otorgamiento de la respectiva escritura traslativa de dominio, la que contendrá expresamente la condición establecida en el artículo 2 de la presente, a efectos de su inscripción registral.

ARTÍCULO 7°: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

 


FUNDAMENTOS

Señor presidente:

La siguiente propuesta tiene por objeto transferir a título gratuito, a favor de la municipalidad de Marcos Juárez, departamento de Marcos Juárez, provincia de Córdoba, el dominio de los inmuebles detallados precedentemente, de propiedad del Estado Nacional.
Mediante la Ordenanza N°2331, se aprobó la modificación del Radio Municipal de la ciudad de Marcos Juárez. En razón de ello y conforme surge del mapa obrante en los antecedentes del presente proyecto, el Ejido Municipal amplió su superficie total a tres mil quinientas diez hectáreas con ocho mil cuatrocientos cuarenta y nueve metros cuadrados (3.510 ha 8449 m2), quedando comprendidas en el vértice sureste 152 hectáreas pertenecientes al Estado Nacional. En las mismas, se encuentra funcionando una dependencia del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA). A los fines de mejor.
Toda vez que el terreno donde se ubica el INTA actualmente, se encuentra comprendido dentro del Ejido Municipal de Marcos Juárez, el mismo es alcanzado por las normas municipales pertinentes. En tal sentido, las tareas de producción agropecuaria -como la plantación de soja- desarrolladas por el INTA, deberían estar restringidas, ya que las mismas implican la utilización de agroquímicos. La agricultura es una práctica altamente contaminante, por lo que genera desequilibrios indeseados en el medio ambiente.
Como consecuencia de la problemática relacionada con la utilización de agroquímicos y plaguicidas dentro del radio municipal, y de conformidad con el Art. 41 de la Constitución Nacional; la Ley Nacional N°25.675/02; la Ley Provincial N°9.164 y la Carta Orgánica Municipal de la ciudad de Marcos Juárez, se dictó la Ordenanza Municipal N°2.446. La misma prohíbe expresamente en su artículo octavo la aplicación de cualquier tipo de plaguicidas dentro de la planta urbana.
Como se mencionó ut supra, el INTA desarrolla actividades de producción agropecuaria, las cuales además de no ser compatibles con la normativa aplicable al lugar en razón del territorio, preocupa a los vecinos lindantes con el predio en cuestión. Esto se corresponde a que los productos químicos utilizados poseen un nivel de toxicidad considerable.
Los agroquímicos son biocidas destinados a combatir plagas, es decir a destruir organismos vivientes. Ergo, cualquier sustancia química destinada a combatir seres vivientes, lógicamente impactará afectando en forma negativa la salud humana, como así también el medio ambiente.
En lo que respecta al medio ambiente, la aplicación de agroquímicos también puede causar efectos secundarios indeseados. Por ejemplo, la muerte, y en algunos casos la extinción, de especies animales así como también la contaminación en el agua que posteriormente se utiliza para su consumo.
Por su parte, cabe mencionar que la municipalidad de Marcos Juárez se ubica en un punto de unión entre las localidades del sur provincial y la vía de conexión de las principales ciudades del interior del país. Su ubicación estratégica hace que sea una zona de gran dinamismo económico, como así también, de flujo constante de personas.
En tal sentido, el crecimiento poblacional impacta directamente sobre la demanda de infraestructura urbana, vivienda, escolaridad, asistencia social, entre otras. Ergo, la transferencia de las tierras en cuestión tienen como finalidad destinar las mismas a proyectos en pos de atender las demandas sociales y de este modo satisfacer el bienestar de la comunidad.
En ese orden de ideas, se entiende que el dominio de los inmuebles en cuestión, tienen que ser transferidos al Municipio de Marcos Juárez a los efectos de dar cumplimiento con lo expuesto en los párrafos precedentes.
Por lo expuesto se solicita a mis pares acompañen este proyecto.-

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